El proceso puede resultar algo complicado si no se tiene experiencia
La crisis económica consecuencia de la pandemia ha llevado a muchas personas a ver en el autoempleo una posibilidad para realizarse laboralmente. La cifra de afiliación al Régimen Especial de Trabajadores y Autónomos (RETA) está creciendo y supera ya los 3 millones, la mayor cifra desde 2018. Los autónomos representan ya el 17,3% del empleo en nuestro país.
Cuando los autónomos empiezan a desarrollar su actividad por cuenta propia, deben atender a una serie de particularidades propias de su régimen para así evitar posibles equivocaciones o sanciones. Darse de alta como autónomo puede jugar malas pasadas sobre todo si nunca se ha hecho y no se cuenta con asesoramiento.
Basándonos en la lista elaborada por Quipu, una empresa dedicada al desarrollo de herramientas de facturación para autónomos, hemos recopilado las siguientes pautas para darse de alta como autónomo sin problemas:
Antes del 2018 había que gestionar primero el alta en Hacienda, y después, se abría un plazo de 30 días para darse de alta en el RETA. Sin embargo, eso ya se acabó y ahora la fecha de alta en la Seguridad Social tiene que ser la misma que la del alta en Hacienda o anterior al alta en Hacienda.
En este caso, el orden es muy importante. Si la fecha de alta en Hacienda es anterior a la de alta en la Seguridad Social la persona corre el riesgo de pagar la primera cuota de autónomos por el mes completo, en lugar de pagar sólo por la parte proporcional del mes, según el día en que se haya dado de alta.
Lo ideal es darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social al mismo tiempo. De esta forma, ambos organismos podrán verificar los trámites y la cotización se hará efectiva en la fecha de inicio de tu actividad económica.
Existen dos vías para darse de alta en el RETA:
Es preciso seleccionar los epígrafes correspondientes a la actividad o actividades que se vayan a realizar. Un fallo en la elección de epígrafe puede llevar a la Agencia Tributaria a pensar que la persona está tratando de defraudarla. Las sanciones parten de los 250 euros.
Pueden seleccionarse los uno o más epígrafes sin límite ni coste adicional. Para los que venden productos online, Hacienda recomienda “no darte de alta en el epígrafe de los ecommerce, sino seguir el epígrafe según la propia naturaleza del negocio”.
De hacerse, es muy probable que la Agencia Tributaria entienda que ese gasto no es deducible e incluso interponga alguna sanción.
Para poder deducir los gastos e inversiones previos al inicio de actividad es preciso cumplir dos requisitos:
Estudiar las alternativas existentes en cuanto a bonificaciones antes del alta es lo ideal. Las bonificaciones no tienen carácter retroactivo, así que, una vez se tramite el alta de autónomo, ya no se podrá aplicar ninguna. Además, es importante elegir la que mejor se ajusta a las características de la actividad, ya que algunas son excluyentes entre sí.
Existe la posibilidad de solicitar el pago único del desempleo antes de tramitar el alta autónomo. En el momento de recibir la resolución que reconoce el derecho a pago único existe un mes para iniciar la actividad y tramitar el alta.
Esta casilla limita la responsabilidad en la actividad que se desarrolla: protege de un posible embargo derivado de problemas relacionados con el negocio. Para marcarla es preciso ir al notario y después al registro a inscribir dicha escritura. Si no se hace así, es posible ser sancionado.
Marcar por error la casilla 600 en el modelo 036/037 es un despiste muy común. Marcar esta casilla implica la obligación de presentar el modelo 130 obligatoriamente.
Si eres freelance y tu casa es tu lugar de trabajo puedes deducir varios gastos (alquiler, hipoteca, suministros…), siempre que estén a tu nombre. Para ello, a la hora de rellenar los modelos 036 o 037 debes reflejar los metros cuadrados de tu vivienda que dedicas a tu profesión.
Elegir mutua es obligatorio. Es preciso valorar bien las diferentes opciones, teniendo en cuenta no solamente el precio, sino también las prestaciones que ofrecen y su capacidad de respuesta.
La base de cotización puede modificarse a lo largo de la vida como autónomo en función de las distintas necesidades. Sin embargo, a partir de los 47 años, el autónomo puede ver limitada su base máxima a 2.077,80 euros si no ha llegado a bases de al menos 2.052 euros mensuales.
FUENTE: ECONOMIST & JURIST
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