Anulada multa a gran tenedor por no ofrecer alquiler social a okupa antes de desahucio en Cataluña
27 de agosto de 2024
Anulada multa a gran tenedor por no ofrecer alquiler social a okupa antes de desahucio en Cataluña
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 4 de Barcelona anula multa por desahucio sin realojamiento social, alegando falta de contrato.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Barcelona ha tomado una decisión importante al anular una multa que había sido impuesta a un propietario por no ofrecer un realojamiento adecuado a un ocupante sin título legal antes de proceder con el desahucio. La multa, que ascendía a una cantidad considerable, se fundamentaba en una interpretación del Código de Consumo de Cataluña. Sin embargo, el tribunal ha concluido que esta normativa no es aplicable en el caso en cuestión debido a la ausencia de un contrato formal entre el propietario y el ocupante.
Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 04 de Barcelona
Antecedentes de hecho: La controversia comenzó cuando la Agencia Catalana de Consumo decidió imponer una sanción económica de 25,000 euros al propietario, argumentando que había incurrido en una infracción administrativa grave según el Código de Consumo de Cataluña. Esta decisión fue además publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, lo que añadió una dimensión de publicidad a la sanción.
Fundamentos jurídicos: La defensa del propietario se centró en desmontar la idea de que existiera una relación de consumo entre las partes, dado que la ocupación del inmueble se realizó sin un acuerdo contractual. Esto, argumentaron, excluía la posibilidad de que el ocupante fuera considerado como un consumidor en el sentido que la ley establece. Además, se señaló que la legislación específica que se intentó aplicar, la Ley 24/2015, no había sido invalidada por el Tribunal Constitucional y, por lo tanto, seguía en plena vigencia.
Fallo: La resolución del tribunal fue clara al estimar el recurso presentado por el propietario, resultando en la anulación de la multa y la orden de devolver cualquier cantidad de dinero que hubiera sido pagada, junto con los intereses legales correspondientes. La sentencia también determinó que la parte demandada debería cubrir las costas del procedimiento.
Cabe destacar que, aunque esta sentencia es definitiva en el ámbito ordinario, existe la posibilidad de presentar un recurso de casación bajo ciertas condiciones y cumpliendo con los requisitos que la ley establece.
Para aquellos interesados en obtener más detalles sobre este caso o consultar el estado de su propio expediente, se recomienda visitar el sitio web oficial seujudicial.gencat.cat, donde se puede acceder a una área privada con toda la información relevante. Este caso subraya la importancia de entender correctamente el marco legal aplicable en situaciones de desahucio y realojamiento, así como las limitaciones de la aplicación del Código de Consumo en contextos donde no existe una relación contractual clara.
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