Los incentivos fiscales que prepara el Gobierno para posponer el pago de los alquileres
4 de marzo de 2021
Los incentivos fiscales que prepara el Gobierno para posponer el pago de los alquileres
Plantea que los incentivos sean para aquellos
propietarios que fijen descuentos del 50% en las rentas.
El proyecto está más enfocado a las personas física
que a los grandes poseedores.
El Gobierno sabe que los negocios viven una época
de asfixia económica debido a la crisis provocada por el coronavirus, muchos de
ellos no pueden abrir o tienen limitado su horario de apertura, pero aún así
han de afrontar el pago del alquiler de los locales que ocupan. Por
ello el Gobierno está elaborando una serie de medidas que ayuden a paliar ese
ahogamiento económico que están sufriendo, sobre todo, los pequeños comercios.
Según declaran fuentes de Moncloa, tratar
de paliar esta situación es, a día de hoy, una de las labores prioritarias para
el Ejecutivo que, mediante estos incentivos fiscales, pretende
promover que los arrendadores de los locales en que se encuentran los negocios
sean más indulgentes con sus inquilinos para que apliquen moratorias o
aplazamientos de los pagos llegando a reducir hasta el 50% la renta
aplicable.
Estas nuevas disposiciones se añadirían o pasarían
a formar parte de las ya aprobadas el 22 de diciembre de 2020 mediante la
aprobación de un Real Decreto Ley que incluye un paquete de medidas para apoyar al sector de la
hostelería, al sector turístico y al comercio en materia tributaria, nombrado
como plan Horeca.
Así, algunas de las pautas que se incluyen en este
plan de choque son que los arrendatarios de aquellos locales comerciales cuyo
arrendador sea una entidad o empresa pública o un gran propietario (más de
1.500 metros cuadrados en alquiler o más de 10 inmuebles urbanos), tengan la
capacidad de solicitar que se reduzcan las rentas o una moratoria en los
pagos. Las medidas adoptadas serán efectivas hasta septiembre de 2021,
extendiéndose así durante los cuatro meses siguientes a la conclusión del
estado de alarma, que finaliza el 9 de mayo de este año.
Por otro lado, si el propietario del local es una
persona física, el Real Decreto dispone un incentivo fiscal con el que se procura
que las partes lleguen a un acuerdo voluntario a través del cual se establezca
una rebaja en la renta correspondiente a los tres primeros meses de
2021, permitiendo estipular como gasto deducible para el cálculo del
rendimiento del capital inmobiliario el importe de la rebaja de la renta
pactada durante dichos meses. Por ello es lógico que las medidas que está
estudiando el Gobierno vayan más dirigidas a este apartado, ya que las ayudas
para aquellos caseros que no son grandes propietarios finalizarían en
escasamente un mes.
Tal y como explican las codirectoras del área de
Real Estate de Dentons, Itxaso López y Bárbara
Hernández-Mora, la regulación actual “deja fuera a numerosos inquilinos que
pese a pasar por dificultades, no lleguen a los límites establecidos por la
normativa. Además, estas medidas de apoyo llegaron tarde, ya que muchos
inquilinos han tenido que cerrar por no contar con ayudas directas y no haber
llegado a acuerdos con los arrendadores quienes, a su vez, deben asumir
obligaciones de pago regulares (impuestos, seguros, seguridad). En cualquier
caso, los arrendadores y los arrendatarios tienen que convivir con estas
medidas que se imponen y dejan poco margen a la negociación si los requisitos
previstos en la nueva normativa se cumplen”.
Para Jesús Conde, socio de Inmobiliario
de Araoz & Rueda, en la práctica “la mayor parte de los arrendadores y
arrendatarios han recurrido a acuerdos de reducción o aplazamiento de renta,
reducción del objeto del arrendamiento o incluso resoluciones anticipadas del
arrendamiento para evitar situaciones concursales”.
Además, establece que “la litigiosidad ha aumentado
por la extensión del uso de la cláusula rebus sic stantibus como mecanismo para establecer suspensiones y reducciones de
renta en supuestos de falta de acuerdo”.
Al final, lo relevante de estas medidas es
favorecer el entendimiento entre los arrendadores y los arrendatarios.
Asimismo, los primeros se aprovecharían de estos incentivos fiscales si aceptan
la reducción en el pago de los alquileres. Eso sí, estas contrapartidas son
necesarias para que, sobre todo los particulares, puedan resistir a esas
rebajas.
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