Planes de pensiones de empleo de los fondos de promoción pública
26 de octubre de 2022
Planes de pensiones de empleo de los fondos de promoción pública
El Consejo
de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento
de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20
de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo. Esta nueva
norma desarrolla la arquitectura institucional de los fondos de pensiones de
empleo de promoción pública (FPEPP) aprobados en la Ley 12/2022, de 30 de
junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo.
Se trata de una regulación clave para que la Ley 12/2022, que tiene
como objetivo facilitar el acceso de los trabajadores de pymes, empleados
públicos y trabajadores autónomos a los planes de pensiones colectivos,
pueda desplegar plenamente sus efectos en los próximos meses.
El Real Decreto regula técnicamente la Comisión Promotora y de
Seguimiento, un órgano colectivo de carácter público, dotándola de carácter
supervisor para poder monitorizar y actuar en el caso de que se
produzcan anomalías en la gestión de los fondos de pensiones de empleo de
promoción pública, estableciendo un procedimiento para velar por su adecuado funcionamiento.
La norma también regula el régimen de constitución y funcionamiento del
otro órgano de vigilancia de los fondos y planes de pensiones de empleo, la
Comisión de Control Especial, y estipula las condiciones de retribución de
sus integrantes.
El reglamento detalla las comisiones que podrán aplicar las entidades
que se ocupen de la gestión de los planes incluidos en los fondos de pensiones
de empleo de promoción pública. Así, se establece una comisión de gestión
máxima del 0,30%. También se dispone que, de forma excepcional y vinculada a
los gastos en los que incurran a la hora de conectarse a la Plataforma Digital
Común, las entidades gestoras puedan repercutir estos costes durante
un plazo máximo de cinco años. Se establece asimismo un régimen de máxima
transparencia en los gastos directos e indirectos incurridos por las entidades
gestora y depositaria en los informes trimestrales y semestrales.
Con la norma aprobada el pasado martes se podrá proceder a la selección
de los miembros de la Comisión Promotora y de Seguimiento, al diseño e
implementación de la Plataforma Digital Común y abrir el proceso de selección
de entidades gestoras y depositarias.
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