Renta 2024: los datos fiscales se podrán consultar a partir de mañana
18 de marzo de 2025
Renta 2024: los datos fiscales se podrán consultar a partir de mañana
A partir del miércoles 19 de marzo, los contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales para consultar la información necesaria antes de que comience la Campaña de la Renta 2024. Esta campaña dará inicio el próximo 3 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025.
Plazos y modalidades de presentación:
El plazo de presentación de declaraciones comenzará el 3 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025.
Entre el 6 de mayo y el 30 de junio, la Agencia Tributaria ofrecerá un servicio telefónico para confeccionar la declaración, con cita previa disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
Entre el 2 y el 30 de junio, será posible realizar la declaración presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria, con cita previa disponible desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.
Novedades en los métodos de pago.
Por primera vez, los contribuyentes podrán pagar sus declaraciones mediante Bizum, además de las opciones tradicionales como la domiciliación bancaria o el pago en oficinas bancarias.
Obligaciones para ciertos contribuyentes:
Autónomos, sin importar el nivel de ingresos, estarán obligados a presentar la declaración.
Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) también deberán presentar la declaración.
Beneficiarios de la prestación por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración en esta campaña, a pesar de que en un inicio se había previsto.
Modificación en la tramitación de devoluciones.
La Agencia Tributaria introducirá un nuevo sistema único para la corrección de autoliquidaciones, lo que permitirá a los contribuyentes modificar, completar o corregir una autoliquidación sin necesidad de esperar una resolución administrativa.
Asistencia personalizada.
La AEAT ofrecerá asistencia personalizada a través de:
Asistencia telefónica mediante el plan "Le Llamamos".
Asistencia presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Medidas especiales para personas mayores de 65 años.
La Agencia Tributaria tiene habilitado un plan especial para la confección de las declaraciones de los contribuyentes mayores de 65 años que residan en pequeños municipios.
Cambios en las devoluciones para mutualistas jubilados
A raíz de una reforma fiscal, la devolución del IRPF para mutualistas jubilados se tramitará de manera distribuida en cuatro años según la antigüedad del período impositivo.
Exenciones para damnificados por la DANA.
Se han aprobado medidas para eximir de tributación las ayudas recibidas por los damnificados por los efectos de la DANA. Entre estas ayudas se encuentran las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, que se consideran a efectos del IRPF.
Autónomos en zonas afectadas por la DANA: Los autónomos en módulos que operen en las zonas afectadas por la DANA podrán beneficiarse de:
Reducción del 25% del rendimiento neto en módulos.
Exención de las cuotas del IVA en el régimen simplificado.
Este año, los contribuyentes deberán estar atentos a las fechas clave y las nuevas modalidades de pago para optimizar su declaración de la renta.
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