Las Pymes y Autónomos que deseen ejercitar la opción de la aplicación de determinados regímenes fiscales especiales ante la Administración Tributaria debe hacerse antes del 31 de diciembre y tener en cuenta todos los modelos y obligaciones tributarias que tenemos que presentar como pymes y autónomos
Aquí recordamos las Obligaciones fiscales hasta el 20 de diciembre de 2021
RENTA Y SOCIEDADES
Noviembre 2021. Grandes empresas: Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
Ejercicio en curso:
Régimen general: Modelo 202
Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): Modelo 222
IVA
· Noviembre 2021. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS
Noviembre 2021: 604
Hasta el 30 de diciembre de 2021
IVA
· Noviembre 2021. Autoliquidación: 303
· Noviembre 2021. Grupo de entidades, modelo individual: 322
Hasta el 31 de diciembre de 2021
RENTA
Atención. También se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en plazo la declaración-liquidación correspondiente al primer trimestre del año natural (2022) en que deba surtir efectos aplicando el régimen general. En caso de inicio de la actividad, también se entenderá efectuada la renuncia cuando la primera declaración que deba presentar el sujeto pasivo después del comienzo de la actividad se presente en plazo aplicando el régimen general.
IVA
Otras opciones a tener en cuenta....
Bajo determinadas condiciones, las ventas de bienes expedidos o transportados desde cualquier Estado miembro de la Unión Europea con destino a España (TAI: Península y Baleares), están sujetas al IVA español como entregas interiores.
Estas condiciones son las siguientes:
IAE: Aunque el Impuesto sobre Actividades Económicas es un impuesto que goza de una exención importante para las pymes, dado que sólo están obligadas a su pago las entidades que tengan un importe neto de cifra de negocios superior al 1.000.000€, las empresas que cambien su cifra de negocios en el último impuesto de sociedades presentado, están obligadas a notificar este cambio a la administración tributaria antes del 31 de diciembre.
FUENTE ADADE CENTRAL
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