Tribunal Superior de Justicia de Navarra establece derechos de compensación por vacaciones no disfrutadas en reciente sentencia.
25 de noviembre de 2024
Tribunal Superior de Justicia de Navarra establece derechos de compensación por vacaciones no disfrutadas en reciente sentencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha emitido una sentencia relevante en el ámbito laboral, abordando el derecho de los trabajadores a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas. La decisión subraya la responsabilidad del empresario en garantizar que los empleados puedan hacer uso de este derecho, así como la posibilidad de reclamar compensaciones económicas por vacaciones no disfrutadas, incluso más allá del último año de trabajo. Esta sentencia es un reflejo de la interpretación del derecho europeo en relación con las vacaciones laborales y su importancia para la salud y bienestar de los trabajadores.
Detalles del Caso
La sentencia número 193/2024, dictada el 7 de junio de 2024, se deriva de un recurso de suplicación interpuesto por D. Enrique Chueca Ruiz, en representación de D. Eulogio, contra una decisión previa del Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona. En este caso, se reclamaba una cantidad total de 9.728,32 euros a varias empresas por conceptos salariales, incluyendo la compensación por vacaciones no disfrutadas.
Antecedentes de Hecho
El demandante, D. Eulogio, había estado trabajando para C y E de Corella, S.L. desde el 25 de mayo de 2020, desempeñando funciones como peón especializado. Durante este tiempo, se determinó que la empresa adeudaba al trabajador un total de 4.045,00 euros en concepto de diferencias salariales, que incluían pagos extraordinarios correspondientes a diciembre de 2021 y verano de 2022.
Reclamación y Sentencia Inicial
Tras la admisión de la demanda y la celebración del juicio, el Juzgado de lo Social dictó una sentencia que condenaba a la empresa a abonar la cantidad mencionada, además de intereses moratorios. Sin embargo, el demandante presentó un recurso de suplicación, argumentando que se había infringido el derecho a vacaciones retribuidas, tal como establece la Directiva 2003/88/CE de la Unión Europea.
Fundamentos de Derecho
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra consideró que el empresario tiene la obligación de facilitar que los trabajadores disfruten de sus vacaciones anuales pagadas, instándolos formalmente a hacerlo. Se citó la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que establece que el derecho a vacaciones no puede ser sustituido por compensación económica, salvo en caso de finalización del contrato laboral.
El tribunal también subrayó que el derecho a vacaciones anuales retribuidas es fundamental para la salud y bienestar de los trabajadores, y que cualquier normativa que limite este derecho debe ser interpretada de manera favorable a los empleados. En este contexto, se concluyó que el demandante tenía derecho a reclamar compensación por las vacaciones no disfrutadas del año 2021, mientras que no procedía la reclamación por el año 2022, dado que el trabajador continuó prestando servicios durante ese año.
Decisión Final
En consecuencia, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra estimó parcialmente el recurso de suplicación, incrementando la condena a 6.067,51 euros, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la sentencia inicial. Esta decisión reafirma la importancia del derecho a vacaciones y la responsabilidad de los empleadores en su gestión.
La sentencia se notificará a las partes involucradas, y se les informará sobre la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en caso de que así lo deseen.
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