Proceso de reincorporación de los trabajadores tras el ERTE
13 de mayo de 2021
Proceso de reincorporación de los trabajadores tras el ERTE
Se recomienda la comunicación por escrito de su obligación de reincorporarse
A pesar de que su empresa haya comunicado a los trabajadores las fechas de inicio y fin del ERTE en el momento que se pactaron, y los afectados deberían reincorporarse al término del ERTE dado que ya conocen la fecha de reingreso, dado que el ERTE habrá durado meses, les recomendamos que les comunique por escrito su obligación de reincorporarse al día siguiente de la finalización del ERTE.
Para los ERTE tramitados por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la fecha de finalización de la medida será la que pactó en su día con los representantes de los trabajadores (en el período de consultas). A estos efectos:
Si llegada esa fecha su empresa sigue atravesando dificultades, hasta el 31 de mayo puede pactar una prórroga del ERTE con los representantes de los trabajadores. Para ello, reúnase con ellos y alcance un acuerdo en un período de consultas.
No será posible prorrogar la vigencia de un ERTE a partir del 1 de junio
Si el Gobierno no cambia la norma, y prorroga la posibilidad de alargar un ERTE pactándolo con los representantes de los trabajadores más allá del 31 de mayo, a partir del 1 de junio no será posible prorrogar la vigencia de un ERTE por causas objetivas, por lo que se deberá iniciar todo el procedimiento para tramitar uno nuevo si se quiere seguir con esta medida
“Si tras el ERTE su empresa se ha recuperado, podrá dar por terminada dicha medida. En tal caso, sus empleados estarán obligados a reincorporarse en las mismas condiciones que tenían antes.”
Los trabajadores afectados deberían reincorporarse al término del ERTE
Por otro lado, y tras comunicar nuevamente la obligación de reincorporarse, y un trabajador no se presenta a su puesto, usted podrá requerirle para que justifique esas ausencias y podrá sancionarlo si no lo hace.
“Si el afectado sigue sin presentarse, podrá despedirlo por las ausencias no justificadas. Además, habrá acreditado que su empresa ha actuado de buena fe porque habrá remitido varias comunicaciones previas instando a la reincorporación.”
Estamos a su disposición para aclararle cualquier duda sobre estema o cualquier otro en nuestra red de despachos profesionales
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